Hace poco más de una semana se conoció la información que los argentinos Imanol Machuca y Facundo Garcés serían suspendidos por un año por la falsificación de documentos para poder jugar en la selección de Malasia, equipo con el que enfrentaron a Vietnam, por la Copa Asia.
En las últimas horas, la FIFA presentó la documentación que respalda la pena impuesta a los jugadores.
Caso por caso
Machuca: la FIFA informó que la Federación Malaya presentó un certificado de nacimiento de la abuela del jugador, que indicaba que esta última, la señora Concepción Águeda Alaniz, nació el 16 de agosto de 1954 en Penang, Malasia. Sin embargo, se comprobó que había nacido en Roldán, Santa Fe.
Garcés: la FIFA informó que la Federación Malaya presentó un certificado de nacimiento en el que se indicaba que el abuelo, Carlos Rogelio Garcés Fernández, había nacido el 29 de mayo de 1930 en Penang. Sin embargo, se comprobó que el nacimiento había sido en Villa María Selva de la ciudad de Santa Fe.
Datos clave
1) Según el informe de la FIFA, la Federación de Malaya, que también fue multada (438.000 dólares), es la principal responsable por presentar documentos falsos en consultas a la FIFA.
2) La FIFA confirmó la falsificación mediante actas originales obtenidas de federaciones extranjeras, que contradicen los documentos presentados. La Federación Malaya falló en su diligencia de verificación, socavando la integridad de la competencia. No se requiere probar intención, solo el «uso» de documentos falsos
3). Posición de los Implicados. La Federación Malaya y los jugadores argumentaron que las naturalizaciones eran legales bajo la Constitución malaya, sin ventaja sustantiva en el partido, y piden sanciones mínimas o cierre del caso, citando precedentes del TAS/FIFA.
.4) El Comité rechaza las defensas, confirmando la infracción y su impacto en un partido oficial. Las sanciones son proporcionales, considerando agravantes (como el rol en la victoria ante Vietnam) y mitigantes (historial limpio).
5) A cada jugador: multa de 2.000 Francos suizos y suspensión de 12 meses de toda actividad futbolística, efectiva desde la notificación.
6) Los pagos deben realizarse en 30 días; apelable ante el Comité de Apelación de la FIFA en ocho días (con tasa de 1.000 francos suizos).
7) Esta decisión busca prevenir fraudes en la elegibilidad y reforzar la responsabilidad de las asociaciones miembros, alineada con los objetivos estatutarios de la FIFA.

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