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SOY Deportes » Fútbol » «IGJ carece de legitimidad y jurisdicción para expedirse sobre el cambio de domicilio»

«IGJ carece de legitimidad y jurisdicción para expedirse sobre el cambio de domicilio»

26 febrero, 2026
en Fútbol
El Torneo Federal A tendrá un solo ascenso a la PN y cuatro descensos
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La Asociación del Fútbol Argentino emitió un comunicado oficial en el que dejó en claro que la Inspección General de Justicia (IGJ) ya no tiene competencia sobre la institución luego de haberse concretado el cambio de jurisdicción hacia la Provincia de Buenos Aires.

Según informó la entidad, en el día de la fecha la Provincia tomó razón de la finalización del trámite de cambio de jurisdicción, reforma estatutaria, estableciendo formalmente la nueva sede en el Partido de Pilar.

El acto administrativo señala que la Asamblea General Ordinaria del 17 de octubre de 2024 aprobó por unanimidad la modificación del artículo 1° del estatuto social, fijando el domicilio legal en territorio bonaerense. Posteriormente, el Comité Ejecutivo determinó que la sede social funcionará en la calle Mercedes N° 1366 de Pilar, mientras que la sede deportiva permanecerá en el Predio “Lionel Andrés Messi” de Ezeiza.

La medida quedó formalizada el 15 de noviembre de 2024, cuando la Dirección Provincial de Personas Jurídicas dictó la Resolución Nº 9000, ordenando la inscripción registral. Desde ese momento, según remarca el documento, se produjo la radicación formal y definitiva de la AFA en la Provincia de Buenos Aires.

Uno de los puntos centrales del comunicado es la afirmación categórica de que, tras la inscripción, la IGJ “carece de legitimidad y jurisdicción” para pronunciarse sobre el cambio de domicilio o ejercer control de legalidad respecto de la reforma estatutaria.

El argumento jurídico se apoya en el artículo 157 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que la modificación del estatuto produce efectos desde su otorgamiento. Asimismo, el control de legalidad corresponde exclusivamente a la autoridad registral de la nueva jurisdicción una vez operada la inscripción.

El texto advierte que admitir un doble control implicaría una “superposición inadmisible de competencias” y sería contrario al diseño federal previsto en los artículos 5 y 121 de la Constitución Nacional.

En consecuencia, la AFA subrayó que actualmente se encuentra fiscalizada únicamente por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, quedando la IGJ sin competencia ni poder de policía sobre la entidad.

De esta manera, la casa madre del fútbol argentino busca cerrar definitivamente cualquier controversia administrativa sobre su domicilio legal y el alcance de los organismos de control.

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